: Ayudas europeas : Programas

Fondo de Seguridad Interior (FSI)

Base legal:

- Reglamento (UE) 2021/1149 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021 por el que se crea el Fondo de Seguridad Interior (DO L 251 de 15.7.2021)

- Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuiculturaasí como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados (DO L 231 de 30.6.2021)

- Corrección de errores del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados (DO L 261 de 22.7.2021)

- Declaraciones de la Comisión Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados (DO C 269I de 7.7.2021)

Período de vigencia: 01.01.2021-31.12.2027

Objetivos:

El Fondo tiene como objetivo político contribuir a garantizar un alto nivel de seguridad en la Unión, en particular mediante la prevención y la lucha contra el terrorismo y la radicalización, la delincuencia grave y organizada y la ciberdelincuencia, mediante la asistencia y protección a las víctimas de delitos, así como mediante la preparación, protección y gestión eficaz respecto de los incidentes, riesgos y crisis relacionados con la seguridad incluidos en el ámbito de aplicación del presente Reglamento.

El Fondo contribuirá a los objetivos específicos siguientes:

a)

mejorar y facilitar el intercambio de información entre las autoridades competentes y los órganos y organismos de la Unión pertinentes y en su propio seno y, en su caso, con terceros países y organizaciones internacionales;

b)

mejorar e intensificar la cooperación transfronteriza, incluidas las operaciones conjuntas entre las autoridades competentes en relación con el terrorismo y la delincuencia grave y organizada con una dimensión transfronteriza, y

c)

apoyar el refuerzo de las capacidades de los Estados miembros en relación con la prevención y la lucha contra la delincuencia, el terrorismo y la radicalización, así como la gestión de incidentes, riesgos y crisis relacionados con la seguridad, también mediante una mayor cooperación entre las autoridades públicas, los órganos y organismos de la Unión pertinentes, la sociedad civil y los socios del sector privado en los diferentes Estados miembros.

Puntos de información a nivel europeo:

Dirección General de Migración y Asuntos de Interior (DG HOME)

Punto de contacto nacional:

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE COOPERACIÓN POLICIAL INTERNACIONAL

Dirección General de Relaciones Internacionales y Extranjería

Secretaría de Estado de Seguridad

Ministerio del Interior

Doña Antonia Mena López

C/ Amador de los Rios, 8

28010 - Madrid

Convocatorias